En los últimos años se habla de redactar sentencias ciudadanas como un instrumento para que las autoridades jurisdiccionales aprendan a expresarse de la misma forma en que lo realiza el resto de la sociedad, particularmente, con personas que no son profesionistas del derecho, sin que esto afecte la calidad técnica de la decisión.
Esto implica una gran complejidad, ya que hay que combinar la sencillez en el lenguaje y el cumplimiento de los estándares técnicos mínimos que debe reunir toda determinación judicial.
Sobre esto, la Carta de Derechos de las Personas ante la Justicia en el Ámbito Judicial Iberoamericano suscrita en el año 2002, establece que todas las personas tienen derecho a que las sentencias y demás resoluciones judiciales se redacten de tal forma que sean comprensibles por sus destinatarios empleando una sintaxis y estructuras sencillas sin perjuicio de su rigor técnico.
Además, el artículo 17, de la Constitución Federal, en su tercer párrafo, señala que siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales.
Por lo anterior, la utilización de un lenguaje adecuado y al alcance de la ciudadanía representa una verdadera herramienta elemental para que las autoridades juzgadoras adquieran legitimación ante los justiciables.
Desafortunadamente, las sentencias -casi siempre- se redactan como si estuvieran dirigidas solo un gremio de profesonistas del derecho y no a la sociedad en general, ni mucho menos, a las personas justiciables.
Así, me parece, que las personas que nos desempeñamos en los órganos de impartición de justicia, debemos ser autocríticos y, con base en ello, reconocer que cuando escribimos una sentencia, no solamente debe ocuparnos el escribir en forma breve y sencillo, sino procurar que, lo que se plasma en el documento respectivo, respete los derechos de debido proceso y tutela judicial efectiva de las personas justiciables.
En este contexto, es necesario dejar de transmitir la falsa premisa de que las autoridades jurisdiccionales escriben “sentencias ciudadanas o con perspectiva ciudadana” solo por seguir algunas recomendaciones para el mejoramiento estético de las sentencias, como indebidamente se ha sostenido en varias ocasiones.
Cuando se elabora una sentencia, las personas integrantes de los órganos jurisdiccionales nos posicionamos en una relación de ventaja sobre la ciudadanía, ya que, lo que expongamos en el documento, se presume legal y es al particular afectado a quien le corresponde la tarea de activar sus mecanismos de defensa y evidenciar algun yerro o imprecisión que haya trascendido sobre su esfera jurídica.[1]
De ahí la importancia de repensar en la nueva judicatura la manera en que se comunica a la ciudadanía una decisión legal.
[1] Visible en http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/pensar-en-derecho/revistas/18/el-lenguaje-judicial-y-el-derecho-a-comprender.pdf